Información fiscal y elaboración de informes - No estadounidenses: Solicitud inicial y recopilación de datos

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Información fiscal y elaboración de informes

Entidades y personas no estadounidenses

Solicitud inicial y recopilación de datos


Todas las entidades y personas no estadounidenses deben completar el formulario W-8 del IRS para certificar el país de residencia fiscal y para establecer si se califican para una tasa reducida de retención al abrir una cuenta. El tipo de formulario W-8 a completar depende de si desea abrir una cuenta individual o una cuenta de entidad. IRS no facilita los formularios W-8.


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Validez de los formularios W-8


Los formularios W-8 son válidos para el año en el que se firman y para los tres años naturales siguientes. Por ejemplo, un formulario W-8BEN firmado el 5 de marzo de 2018 seguirá siendo válido hasta el 31 de diciembre de 2021 y deberá volver a enviarse a IBKR el 30 de enero de 2022, a más tardar.

Determinación de retención de impuestos:

En general, los impuestos se retienen con un tipo del 30% en pagos de dividendos de acciones estadounidenses y pagos sustitutos. Puede aplicarse una retención en el tipo de retención en caso de haber un tratado de impuestos entre su país y los Estados Unidos.

La retención de impuestos estadounidenses en las distribuciones sociedades cuyas acciones se cotizan en bolsa se retienen al 37% (2018), dado que son ingresos ganados en EE. UU.

Actualizar el formulario W-8:

Los formularios W-8 son válidos para el año en el que se firman y para los tres años naturales siguientes. Por ejemplo, un formulario W-8BEN firmado el 5 de marzo de 2018 seguirá siendo válido hasta el 31 de diciembre de 2021 y deberá volver a enviarse a IBKR a más tardar el 30 de enero de 2022. En caso de no actualizar dicho formulario, se retendrán todos los impuestos, incluidos los productos brutos procedentes de las ventas de valores.

Nota: IBKR le enviará un correo electrónico cuando deba reenviar su formulario W-8.

Requisito de completar el formulario W-8:

El formulario W-8, Certificate of Foreign Status, debe archivarse con IBKR. Este formulario debe renovarse cada tres años. Si el formulario W-8 ya no es válido, IBKR asumirá que usted es persona no estadounidense y realizará las retenciones de impuestos estadounidenses al 30% sobre intereses, dividendos, productos brutos y pagos sustitutivos. Las tasas de tratado, si fueran aplicables, dejarán de aplicarse.

Si completa el formulario W-8, no recibirá un formulario 1099 consolidado, pero puede recibir el formulario 1042S.

Penalización de retención

Si no proporciona un formulario W-8, o si no reenvía un nuevo W-8 cuando se le indique, tras el vencimiento de los tres años, se aplicarán retenciones adicionales. IB alienta a todos sus clientes a que consulten con sus asesores fiscales para más información sobre cómo buscar exoneración sobre cualquier retención fiscal.

Consulte la información siguiente para el tipo específico de W-8 que usted debería completar y la validez de su formulario W-8 desde la fecha de firma.




Formulario W-8BEN (Individual)


Haga clic aquí para ver un ejemplo del formulario W8-BEN

El certificado de estado de extranjero (Certificate of Foreign Status) para el titular beneficiario de retenciones de impuestos de Estados Unidos, certifica que usted no es una persona estadounidenses y solicita beneficios de tratado bajo un tratado fiscal existente ente los Estados Unidos y su país de residencia fiscal, si aplicara.

Debe completar el formulario W-8BEN si:

  • Usted está abriendo una cuenta individual o conjunta y no es un ciudadano estadounidense, titular de la tarjeta verde o residente legal de los Estados Unidos. Para propietarios de cuentas conjuntas: Ninguno de los titulares puede ser ciudadano estadounidense, titulares de tarjetas verdes ni residentes legales en EE. UU. para poder completar el formulario W-8BEN. Si uno de los titulares es un ciudadano de EE. UU., titular de una tarjeta verde o residente legal, usted ha de completar el formulario W-9. 
  • Si usted es un estudiante de fuera de los EE. UU. que se encuentra en los EE. UU., o si es titular de una tarjeta verde con un visado F-1, aunque no se le considere un residente estadounidense.

En la Parte I se identifica el nombre, ubicación y propietario beneficiario, quien, a efectos del formulario W-8, es el titular de la cuenta. Debe facilitar su número de identificación fiscal o social para que el formulario sea válido.

En la parte II debe certificar su país de residencia fiscal o constitución para poder solicitar beneficios de tratado fiscal.


¿Durante cuánto tiempo es válido el formulario W-8BEN?

Un W-8BEN (Individual) completado sin un número de identificación de contribuyente estadounidense estará en vigor desde la fecha de su firma hasta el último día del tercer año natural siguiente; en general, tres años. Si cualquier cambio en sus circunstancias causa que la información sea incorrecta, esto hará que el formulario sea inválido. Al final del periodo de tres años, recibirá un correo electrónico en el que se le solicitará que vuelva a enviar su formulario W-8BEN (Individual).

No es necesario que reenvíe el formulario W-8BEN (Individual) si tiene una ID de contribuyente estadounidense o ITIN y proporciona ese número en el formulario.


W-8BEN-E (Entidades)

El formulario W-8BEN-E debe utilizarse por aquellas entidades que sean titulares beneficiarios de un pago, o de otra entidad que sea un titular beneficiario. El formulario contiene 30 partes. Todos los que completen un formulario deben completar las partes I y XXIX.

¿Quién ha de completar este formulario?

  • Es el representante de una entidad que no está organizada en los Estados Unidos, pero es reconocida como una corporación bajo la ley estadounidense. Consulte una lista de entidades que se consideran corporaciones per se.
  • Usted representa una entidad extranjera y ha hecho una selección en el formulario 8832 del IRS para que se le considere como corporación a efectos fiscales estadounidenses.
  • Es una organización extranjera exenta de impuestos o una fundación privada extranjera que no está reconocida como empresa de caridad en los Estados Unidos.
  • Es un fideicomisario de un fideicomiso complejo según se define en la ley estadounidense.
  • Es el representante de un as hereditario.

La parte I del formulario requiere información general, el estado de IC y la clasificación FATCA de quien lo complete. La pregunta 4 de la Parte I requiere el estado de IC. Si quien cumplimenta la declaración es una entidad, asociación, fideicomiso simple o sociedad instrumental de emisión deberá completar la Parte III si la entidad solicita beneficios con arreglo a un acuerdo tributario de los EE. UU.

La pregunta 5 requiere la clasificación FATCA del solicitante. La clasificación indicada determina las partes que deben completarse de la Parte IV hasta XXVIII.

La Parte XXIX requiere certificación, bajo pena de perjurio, por el beneficiario o por persona autorizada para firmar en nombre del beneficiario. Esta parte del formulario final también contiene lo siguiente, que no aparecía en el formulario W-8BEN: "Acepto que enviaré un nuevo formulario en 30 días si toda declaración hecha en este formulario se vuelve incorrecta".

Si la persona que rellena la declaración es un NFFE pasivo, también deberá completar la Parte XXVI y la Parte XXX si dispone de propietarios sustanciales. Para un NFFE pasivo, una persona estadounidense concreta es un propietario sustancial estadounidense si esta dispone de más de un 10 % de interés beneficiario en la entidad.

Completar las otras partes del formulario W-8BEN-E dependerá de la clasificación FATCA de quien lo complete. Las clasificaciones para la versión más reciente del formulario W-8BEN-E mantienen la clasificación de un distribuidor restringido (en el formulario final, Parte XI)

Al tratarse de un formulario complejo, se recomienda leer las instrucciones para completar el formulario, disponibles en www.IRS.GOV. Asimismo, debería consultar su asesor fiscal local.




Formulario W-8IMY


El formulario W-8IMY es presentado generalmente por un receptor del pago (el "solicitante") con estado de propietario no beneficiario (por ejemplo, un intermediario). Dicho intermediario puede ser una filial estadounidense, un intermediario cualificado, un intermediario no cualificado, asociación extranjera, sociedad instrumental de emisión extranjera o fondo simples extranjero. El formulario W-8IMY requiere un número de identificación fiscal.

La Parte I del formulario añade la clasificación FATCA. La Parte I del formulario requiere información general, el capítulo 3 de estado de IC y la clasificación FATCA del capítulo 4 del solicitante.

Parte II Entidad no considerada separada de su dueño o sucursal que recibe pago. La Parte II de este formulario debe completarse si la entidad es una entidad no considerada separada de su dueño o una sucursal que ha recibido pago como intermediario. La Parte II solo se aplica a las sucursales de un FFI fuera del país de residencia del FFI.

La pregunta 4 de la Parte I requiere el estado de IC. Si el solicitante es un intermediario cualificado, deberá completar la Parte III de intermediario cualificado. Si el solicitante es un intermediario no cualificado, deberá completar la Parte IV de intermediario no cualificado.

Las instituciones financieras territoriales completan la Parte V. Las sucursales estadounidenses completan la Parte VI.

Las asociaciones extranjeras con retención o los fideicomisos extranjeros con retención completan la Parte VII.

Las asociaciones extranjeras sin retención, fideicomisos simples extranjeros sin retención y sociedades instrumentales de emisión extranjeros sin retención deben completar la Parte VIII.

La pregunta 5, Parte I requiere la clasificación FATCA del solicitante. La clasificación indicada determina cuales de las Partes IX a XXVII deben completarse.


Capítulo 4, Certificaciones de Estado, Partes IX – XXVI

Las Partes IX – XXVII de este formulario tratan del estado FATCA de la entidad.


Notas:

Declaración IRS Circular 230: estos extractos se proporcionan solo a efectos informativos y no constituyan ningún tipo de asesoramiento fiscal ni tributario que usted pueda utilizar para evadir las sanciones que pueden ser impuestas de conformidad con lo dispuesto en las regulaciones o estados fiscales locales, estatales, federales o de otro tipo y no dictarán resoluciones fiscales a su favor.